¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar total o parcialmente sus deudas cuando no pueden pagarlas.
Es un mecanismo legal recogido en el Texto Refundido de la Ley Concursal que, tras la reforma de 2022, se ha vuelto más accesible, rápido y flexible.
Su finalidad es clara: dar una salida real a quienes están atrapados en el sobreendeudamiento y permitir que puedan empezar de nuevo sin cargas imposibles de asumir.
¿Quién puede acogerse a la Segunda Oportunidad?
Pueden solicitarla:
- particulares con deudas que no pueden pagar,
- autónomos que cerraron o cuyos ingresos ya no cubren sus obligaciones,
- pequeños empresarios arrastrando préstamos, tarjetas o deudas con proveedores.
El perfil más habitual es el de personas que han intentado cumplir, pero cuya situación económica ya no les permite hacerlo.
Requisitos principales para acceder a la exoneración
Para que un juez conceda la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), deben cumplirse los siguientes requisitos:
1. Estar en situación de insolvencia
Actual o inminente. No es necesario esperar a dejar de pagar todas las deudas.
2. Tener al menos dos acreedores
La ley exige pluralidad: bancos, tarjetas, Hacienda, Seguridad Social, financiación privada, proveedores…
3. Ser deudor de buena fe
Esto implica:
- no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años,
- no haber rechazado ofertas de empleo adecuadas (en el caso de personas no empresarias),
- no haberse acogido a este mecanismo en los últimos 2 años sin liquidación o en los últimos 5 con liquidación.
4. Carecer de patrimonio suficiente
O haber liquidado los bienes disponibles.
5. Presentar concurso de acreedores
Con abogado y procurador.
¿Qué deudas se pueden cancelar con la Segunda Oportunidad?
✔ Préstamos personales
✔ Tarjetas de crédito
✔ Microcréditos
✔ Avales personales
✔ Deudas con proveedores (autónomos)
✔ Préstamos bancarios
¿Y las deudas con Hacienda y Seguridad Social?
Desde 2022, es posible exonerar hasta:
- 10.000 € con Hacienda
- 10.000 € con Seguridad Social
Lo que exceda estas cantidades puede fraccionarse dentro del plan de pagos.
¿Cómo funciona el procedimiento?
La tramitación puede hacerse con o sin liquidación, dependiendo de si el deudor tiene bienes o no.
Paso 1: Presentación del concurso de acreedores
Es el punto de partida. Allí se analiza:
- la situación económica,
- ingresos disponibles,
- bienes existentes,
- deudas.
Paso 2: Valoración judicial de la buena fe
El juez revisa si el solicitante cumple los requisitos.
Paso 3: Exoneración del pasivo insatisfecho
La cancelación puede otorgarse mediante:
Opción A: Con liquidación
Si ya no hay bienes o son insuficientes.
Opción B: Sin liquidación (plan de pagos)
Si el deudor tiene ingresos, puede acordarse un plan de 3 a 5 años.
Ventajas de acogerse a la Segunda Oportunidad
- Cancelación de la mayoría de deudas.
- Paralización de embargos y ejecuciones.
- Posibilidad de conservar vivienda habitual en algunos casos.
- Recuperación de la tranquilidad financiera.
- Reinicio económico real.
La ley está diseñada para que las personas puedan volver a empezar, no quedar atrapadas de por vida.
Ejemplo práctico
Una persona tiene:
- 32.000 € en préstamos,
- 12.000 € en tarjetas,
- 5.000 € con proveedores,
- 3.000 € con Hacienda.
No tiene patrimonio relevante y sus ingresos no cubren los pagos.
Mediante la Segunda Oportunidad podría lograr la exoneración prácticamente total de sus deudas.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Pierdo todos mis bienes si me acojo?
Depende del caso. La vivienda habitual puede conservarse en ciertos supuestos.
¿Qué pasa si mejora mi situación económica después?
Solo afecta si se demuestra fraude o una mejora extraordinaria e imprevisible.
¿Puedo volver a endeudarme o pedir préstamos después?
Sí, una vez canceladas las deudas, la persona empieza de cero.
CTA profesional
Si estás endeudado y no ves salida, la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser la solución.
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- presentación del concurso,
- y solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.
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